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Extracto de la normativa reguladora de planificación docente, exámenes, evaluación y calificación aprobada por la Junta de Gobierno de la Universidad de Barcelona en sesión del día 7 de marzo de 1991. Revisada el Junio de 2002.
Con independencia del proceso disciplinario que se pueda seguir contra el/la alumno/a infractor/a, la realización demostradamente fraudulenta de alguno de los ejercicios exigidos en la evaluación de alguna asignatura comportará la nota del SUSPENSO en la convocatoria oficial correspondiente.
EVALUACIONES
La evaluación teórica del/de la alumno/a es responsabilidad exclusiva del/de los profesor/es de la asignatura. En el ámbito práctico el/la profesor/a se asesora con los/las profesionales de la práctica.
Será competencia del/de la profesor/a titular calificarlo.Cada profesor/a dará la información pertinente a su evaluación al inicio del curso.
LAS CALIFICACIONES SE REGIRÁN POR LA ESCALA SIGUIENTE