Traslados de expediente

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Las personas que deseen cambiar de estudios o de universidad para cursar estudios universitarios pueden optar a diferentes vías de admisión:

- Preinscripción universitaria

Las personas que hayan iniciado estudios universitarios oficiales y quieran cambiar de estudios o de universidad pueden formalizar la preinscripción mediante el Canal Universitats del Gencat.

Para cualquier información o gestión referente a la preinscripción universitaria es necesario dirigirse a:

Oficina d’Accés a la Universitat - Via Laietana, 2 - 08003 Barcelona - Tel. (+34) 932 230 323 - 932 232 591 - Fax. (+34) 935 527 120

En el caso de obtener plaza en esta Universidad es necesario abonar los derechos de traslado de expediente al centro de procedencia y formalizar la matrícula en la secretaría del centro correspondiente en el curso para el que se haya obtenido plaza. En caso contrario, la admisión quedará sin efecto y se retornará el expediente al centro de procedencia, hecho que se comunicará a la persona interesada. Los/las estudiantes que obtengan plaza pueden solicitar al centro donde se imparte el estudio el reconocimiento de los créditos superados por créditos del estudio en el que se ha obtenido plaza.

- Solicitud de reconocimiento de los créditos superados y, si se le reconocen 30 créditos o más, solicitud de plaza al centro y/o preinscripción universitaria.

En esta segunda vía de acceso, la persona interesada ha de realizar dos trámites diferenciados y en cada uno de ellos ha de aportar la documentación requerida.

a) Se ha de solicitar el reconocimiento de créditos al Jefe de estudios del grado. Plazo de presentación de solicitudes para el curso 2024/2025: del 25 de junio al 19 de julio de 2024.

Es necesario presentar la solicitud de reconocimiento a la Secretaria de Estudiantes, acompañada de la documentación siguiente:

En el caso de estudios iniciados en la UB:

  • Expediente académico expedido por la Secretaría de Estudiantes y Docencia correspondiente.
  • Plan docente de la asignatura en la cual figuren las competencias, los conocimientos asociados y el número de créditos, horas o de semanas por semestre o año, con el sello del centro de origen correspondiente.

En el caso de estudios iniciados en otras universidades:

  • Carta de motivación.
  • Pasaporte, NIE o DNI vigente: Original y fotocopia (si no se presenta el original, la fotocopia deberá ser compulsada).
  • Certificación académica personal original en la cual figuren la formación lograda, el año académico y las calificaciones.
  • Plan docente de la asignatura en la cual figuren las competencias, los conocimientos asociados y el número de créditos, horas o de semanas por semestre o año, con el sello del centro de origen correspondiente.
  • Plan de estudios o cuadro de asignaturas que se exigen para obtener el título del estudio anterior expedido por el centro de origen, con el sello correspondiente.

El Jefe de estudios de grado resolverá la petición de reconocimiento y se notificará el resultado al interesado.

Una vez realizada esta notificación, el centro no se hará cargo de la solicitud ni de la documentación presentada, de un curso al otro.

b) Si la resolución de esta solicitud reconoce 30 créditos o más del grado al que se quiere acceder, se ha de pedir plaza directamente a la jefa de estudios del centro mediante una instancia. Los estudiantes a los que se les reconozca menos de 30 créditos deberán de solicitar la plaza mediante preinscripción universitaria. Dado que el hecho de tener 30 créditos reconocidos o más no otorga derecho a plaza, se recomienda a las personas interesadas que también realicen la preinscripción universitaria, ya que ambos procedimientos no son excluyentes entre sí. En el caso de los estudiantes procedentes de otras universidades, la adjudicación de plaza da lugar al traslado de expediente académico, el cual deberá de ser tramitado por la universidad de procedencia. Se deberán abonar los derechos de traslado de expediente al centro de procedencia y formalizar la matrícula en el curso para el que se haya obtenido la plaza. En caso contrario, la admisión quedará sin efecto y se retornará el expediente al centro de procedencia. Para los estudiantes procedentes de la UB no es necesario el traslado de expediente académico.

 

Procedimento de solicitud de reconocimiento de créditos

1. Formalización de la solicitud de reconocimiento de créditos

Se debe presentar la solicitud de reconocimiento de créditos a la Secretaria de Estudiantes del centro donde se imparten los estudios, acompañada de la documentación siguiente:

En el caso de estudios iniciados en la UB:

  • Expediente académico

En el caso de estudios iniciados en otras universidades:

  • Documento acreditativo de la nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes de su país, que puede ser sustituida por una fotocopia compulsada del pasaporte o del permiso de residencia en España o, en el caso de ciudadanos españoles, por una fotocopia compulsada del DNI.
  • Certificación académica personal original en la cual figuren la formación lograda, año académico y las calificaciones.
  • Plan docente de la asignatura en la cual figuren las competencias, los conocimientos asociados y el número de créditos, horas o de semanas por semestre o año, con el sello del centro de origen correspondiente.
  • Cualquier otra documentación que el centro considere necesariamente para tramitar la solicitud.

2. Abono de las tasas correspondientes

  • El decreto de precios públicos establece una tasa para la solicitud de estudio del expediente académico para determinar las condiciones académicas de transferencia y reconocimiento de créditos. Esta tasa varía cada curso académico
  • La tasa se abona en la secretaría de estudiantes del centro.          

3. Resolución

  • El órgano correspondiente del centro resolverá la petición de reconocimiento, que se ajustará a los criterios generales establecidos por la normativa vigente.
  • La resolución de reconocimiento se comunica a la persona interesada.
  • Las asignaturas reconocidas en otra universidad no tienen efecto en esta, excepto en el caso de que sean ratificadas en el mismo expediente de reconocimiento.